Guía · Artículo 17 fracción XIV

Agentes aduanales y la ley antilavado en 2026

Promover por cuenta ajena el despacho de ciertas mercancías como agente, apoderado o agencia aduanal es la fracción XIV del Artículo 17. Y desde la reforma del 16 de julio de 2025 también lo es el despacho que una persona física o moral promueve sin agente aduanal: importar tú mismo estas mercancías te alcanza.

Desde qué monto te obliga

Los umbrales que importan al despachar mercancías, calculados con la UMA vigente:

fr. XIV, inciso a) · Vehículos terrestres, aéreos y marítimos, nuevos y usados

Desde aquí integras expediente Cualquier monto Sin monto de identificación: todos los actos cuentan (Reglamento, Art. 7).
Desde aquí presentas aviso En todos los casos El Art. 17 fr. XIV, inciso a) no pone monto: toda operación de este supuesto se avisa.

fr. XIV, inciso b) · Máquinas para juegos de apuesta y sorteos

Desde aquí integras expediente Cualquier monto Sin monto de identificación: todos los actos cuentan (Reglamento, Art. 7).
Desde aquí presentas aviso En todos los casos El Art. 17 fr. XIV, inciso b) no pone monto: toda operación de este supuesto se avisa.

fr. XIV, inciso c) · Equipos y materiales para elaborar tarjetas de pago

Desde aquí integras expediente Cualquier monto Sin monto de identificación: todos los actos cuentan (Reglamento, Art. 7).
Desde aquí presentas aviso En todos los casos El Art. 17 fr. XIV, inciso c) no pone monto: toda operación de este supuesto se avisa.

fr. XIV, inciso d) · Joyas, relojes, piedras y metales preciosos

Desde aquí integras expediente $56,895.35 485 UMA · Art. 17 fr. XIV, inciso d). Desde este monto identificas al cliente e integras su expediente. Por valor individual de cada bien.
Desde aquí presentas aviso En todos los casos El Art. 17 fr. XIV, inciso d) no pone monto: toda operación de este supuesto se avisa.

fr. XIV, inciso e) · Obras de arte

Desde aquí integras expediente $564,847.65 4,815 UMA · Art. 17 fr. XIV, inciso e). Desde este monto identificas al cliente e integras su expediente. Por valor individual de cada obra.
Desde aquí presentas aviso En todos los casos El Art. 17 fr. XIV, inciso e) no pone monto: toda operación de este supuesto se avisa.

fr. XIV, inciso f) · Materiales de resistencia balística para blindaje de vehículos

Desde aquí integras expediente Cualquier monto Sin monto de identificación: todos los actos cuentan (Reglamento, Art. 7).
Desde aquí presentas aviso En todos los casos El Art. 17 fr. XIV, inciso f) no pone monto: toda operación de este supuesto se avisa.
De dónde salen estas cifras La ley fija los umbrales en UMA, no en pesos, así que cambian cada enero. El valor diario de 2026 es de $117.31 — INEGI, DOF 09/01/2026, código 5778072. El monto se mide sin impuestos ni accesorios; en el aviso sí reportas el total que recibiste (Reglamento, Art. 6).

Qué valor cuenta

En comercio exterior el monto de la operación es el valor en aduana de las mercancías, sin contribuciones ni accesorios (Reglamento, Art. 6).

Si en la operación se paga en efectivo la compraventa de un vehículo, de joyas o de obras de arte, revisa el Art. 32: prohíbe liquidar y aceptar en efectivo esos actos desde 3,210 UMA.

Los plazos

Qué expediente tienes que integrar

El expediente del cliente se integra antes o durante la operación, no cuando la autoridad lo pide (Reglas, Art. 12). Cambia según quién es tu cliente:

Si tu cliente es persona física

Si tu cliente es persona moral

Si el cliente es persona moral, recabas los documentos que identifican a su beneficiario controlador, la persona física que está detrás. Si es persona física, recabas su declaración de si existe o no un beneficiario controlador distinto de ella (Art. 18 fr. III).

Reglas, Art. 21 · Ley, Arts. 18 fr. IV y 21 Con los clientes con quienes tengas relación de negocios, verificas cuando menos una vez al año que el expediente siga completo, y el comprobante de domicilio no puede tener más de tres meses. Todo se conserva diez años. Y si el cliente se niega a darte la información, la ley te permite no hacer la operación, sin responsabilidad.

Si el negocio está a tu nombre o a nombre de una sociedad

Lo que cuesta no hacerlo

No identificar al cliente o no conservar su expediente $23,462 a $234,620 200 a 2,000 UMA · incumplir una obligación del Art. 18 es el Art. 53 fr. II, y su multa la del Art. 54 fr. I
Presentar el aviso tarde, hasta 30 días $23,462 a $234,620 200 a 2,000 UMA · Art. 53 fr. III con Art. 54 fr. I
Omitir el aviso $1,173,100 a $7,625,150 10,000 a 65,000 UMA, o del 10% al 100% del valor del acto, la que resulte mayor · Art. 53 fr. VI con Art. 54 fr. III

Si te pones al corriente por tu cuenta antes de que empiece una verificación y reconoces la falta, la primera vez no hay multa (Art. 55). Más en cuánto es la multa y en qué hacer si te llegó una visita.

Las fechas que se te vienen encima

Si ya estabas dado de alta ante el SAT antes de la entrada en vigor, el plazo del Manual te lo fija el transitorio —el 1 de marzo de 2027— y no los noventa días desde tu alta. Es una confusión frecuente y hace que tableros mal hechos te muestren retrasos de años que no existen.

Preguntas frecuentes

¿Desde qué monto se presenta el aviso antilavado para agentes aduanales en 2026?

En todos los supuestos de esta guía, en todos los casos, sin monto mínimo.

¿Desde qué monto tengo que integrar el expediente del cliente?

Depende del supuesto. Vehículos terrestres, aéreos y marítimos, nuevos y usados (fr. XIV, inciso a)): con cualquier monto, porque la ley no fija uno; Máquinas para juegos de apuesta y sorteos (fr. XIV, inciso b)): con cualquier monto, porque la ley no fija uno; Equipos y materiales para elaborar tarjetas de pago (fr. XIV, inciso c)): con cualquier monto, porque la ley no fija uno; Joyas, relojes, piedras y metales preciosos (fr. XIV, inciso d)): desde $56,895.35, que son 485 UMA; Obras de arte (fr. XIV, inciso e)): desde $564,847.65, que son 4,815 UMA; Materiales de resistencia balística para blindaje de vehículos (fr. XIV, inciso f)): con cualquier monto, porque la ley no fija uno. El expediente se integra antes o durante la operación (Reglas, Art. 12).

¿Cuándo vence el aviso?

En esta fracción el aviso se cumple por el sistema electrónico con el que se transmite la información del pedimento al SAT, conforme a la normativa aduanera (Reglamento, Art. 16). Y el mes sin operaciones que avisar también se reporta, con un informe (Reglas, Art. 25).

¿Cuánto es la multa por no presentar el aviso?

Omitirlo se multa con 10,000 a 65,000 UMA ($1,173,100 a $7,625,150), o del 10% al 100% del valor del acto, la que resulte mayor (Art. 53 fr. VI con Art. 54 fr. III). Presentarlo hasta 30 días tarde, con 200 a 2,000 UMA ($23,462 a $234,620).

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