Envío masivo de avisos: varios avisos en un solo archivo
Si en un mes tienes cinco avisos de la misma actividad, no necesitas cinco archivos. El esquema oficial del SAT admite varios avisos dentro del mismo archivo. Lo que no dice es qué pasa si uno de ellos trae un error.
Lo que dice la norma
Resolución de formatos de avisos e informes · Art. 5, reforma DOF 24-09-2026
Los avisos e informes se presentan vía electrónica «mediante la carga y envío de un archivo XML
en el Portal en Internet», llenado conforme a los formatos y a los instructivos del portal.
La norma habla de un archivo, no de un archivo por aviso. Lo que cabe
dentro lo decide el esquema.
Lo que dice el esquema
El SAT publica el esquema (XSD) con el que se valida el XML. Su estructura es de tres
niveles: el archivo, uno o más informes y, dentro de cada
informe, los avisos, sin límite de cantidad. Cada informe lleva su mes
reportado y los datos de quien realiza la Actividad Vulnerable.
Una actividad por archivo. Cada actividad tiene su propio formato y su
propio esquema: los avisos de una joyería y los de un arrendamiento no van juntos.
Lo práctico es un archivo por actividad y por mes, con todos los avisos
de ese mes.
Agentes aduanales, aparte. Su esquema no lleva avisos dentro del informe:
el aviso se cumple por el sistema con el que se transmite el pedimento (Reglamento,
Art. 16).
Lo que la norma no resuelve
Hay tres cosas que ni la Resolución ni el esquema dicen, y que conviene no suponer:
Si un aviso con error tumba el archivo completo. La Resolución sólo dice
que, si hay errores, el acuse sale como «rechazado», que eso no cumple la obligación y que
hay que corregir y reenviar dentro del plazo (Art. 3). No precisa si el rechazo alcanza a
todos los avisos del archivo o sólo al que falló.
El tamaño máximo del archivo. No está en la Resolución ni en el esquema.
Si existe, está en el portal o en los instructivos que publica la Unidad de Inteligencia
Financiera (Art. 9).
Cómo se llama la opción del portal. Tampoco es norma; puede cambiar sin
publicarse en el Diario Oficial.
Por eso el orden importa: primero se valida cada aviso contra el esquema y
después se juntan. Así un error de uno no te cuesta el plazo de todos.
Lo que no cambia por mandarlos juntos
El plazo: cada aviso vence el día 17 del mes siguiente al de su
operación (Art. 23).
La firma: los avisos se firman con la e.firma de quien realiza la
actividad; si es una sociedad, con la de la sociedad y no con la de su representante
(Reglas, Art. 24).
Las modificaciones: cada aviso se modifica una sola vez, dentro de los 30
días naturales siguientes a su acuse (Resolución, Art. 8).
El formato: desde el 1 de junio de 2027 todos van en el formato nuevo. Está
en la guía de los nuevos formatos de avisos.
Cómo lo hace NexusPLD
Con dos o más avisos listos, NexusPLD arma un solo archivo por actividad y mes,
valida el archivo completo contra el esquema oficial y te dice qué avisos se quedaron fuera y por
qué, para que los corrijas antes de subir. Lo que subes al portal ya pasó el cotejo.
Preguntas frecuentes
¿Puedo mandar varios avisos antilavado en un solo archivo?
Sí, si son de la misma actividad. Los avisos se presentan cargando un archivo XML en el portal (Resolución de formatos, Art. 5), y el esquema oficial admite varios avisos dentro del mismo informe. La excepción son los agentes aduanales, cuyo aviso va por el sistema del pedimento (Reglamento, Art. 16).
¿Puedo juntar avisos de actividades distintas?
No en el mismo archivo: cada actividad tiene su propio formato y su propio esquema.
¿Qué pasa si un aviso del archivo trae un error?
Si se detectan errores, el acuse sale como «rechazado» y no cuenta como presentado: hay que corregir y volver a enviar dentro del plazo (Resolución de formatos, Art. 3). La norma no precisa si el rechazo alcanza todo el archivo, así que conviene validar cada aviso antes de juntarlos.
¿Cambia el plazo si los mando juntos?
No. Cada aviso vence a más tardar el día 17 del mes siguiente al de la operación (Art. 23).